Libro de Sueldos y Jornales manual

Rúbrica ante la Dirección General de Protección del trabajo Para Sociedades

 “Libro de Sueldos y Jornales Manual”

 Gestionamos rubricas de Sociedades con domicilio legal en Capital Federal.-

·        Fotocopia del formulario de D.G.I.  donde conste el N° de CUIT,  el  N° de  código de Actividades y el alta como empleador.

·        Fotocopia formulario 931 de Afip. del último mes con el comprobante de pago, o Alta temprana

·        Las Sociedades presentan fotocopia del Contrato Social /Estatuto. Certificado.

·        Si tiene libro en uso o terminado presentarlo. Debe estar completo en todos sus campos.

 

 

Documentación a presentar para la habilitación del registro de hojas móviles en reemplazo del libro especial por sistema de computación   POR PRIMERA VEZ

 

·          Presentar nota poder, en la que se solicita la gestión de rubrica de las  hojas móviles.  Dicha nota será firmada por el representante legal que acreditará su personería mediante instrumento publico o con carta poder cuya firma autenticará la Autoridad policial, por Escribano Publico o Banco, debiendo constar el número de documento del firmante. 

·          Las hojas móviles deberán ser membreteada con los siguientes datos: Nombre de la empresa, dirección, Nº de CUIT,  Código de Actividad y con la siguiente leyenda: Libro Especial previsto en él articulo 52  de la Ley Nº 20744(to).

·          Completar  y firmar Solicitud de Rubrica.

 

Los datos que deben contener las hojas móviles serán los siguientes:

(Presentar un Modelo con Asignación Familiar

 

·          Titulo: Habilitación del registro de hojas móviles en reemplazo del Libro Especial art.52 de la Ley Nº 20744(to).

·          Razón Social. Domicilio y Actividad empresaria.

·          Apellido y nombre del trabajador.

·          Fecha de Ingreso.

·          Fecha de egreso.

·          Estado civil.

·          Nombre, Apellido, DNI  y parentesco de las personas que generan derecho a la percepción del salario familiar.

·          Remuneraciones asignadas.

·          Deducciones practicadas.

·          Remuneraciones percibidas.

 

Si en las liquidaciones presentadas no figuran los conceptos y aparecen sólo los códigos utilizados, se adjuntará un listado de los mismos.

 

·          En caso de sociedades regulares que se inscriben por primera vez se presentará Estatuto, Contrato, Acta de Constitución etc., certificado por escribano. Según el caso, debidamente inscripto ante el Organismo correspondiente.  En caso de que esta inscripción se encuentre en trámite, la habilitación se efectuara a nombre de todas las personas que aparecen en el contrato aun no inscripto.

·          En todos los casos deberá presentarse fotocopia del número de CUIT, en donde conste,  código de Actividades y

            fecha de alta como empleador.

·           Alta temprana

·           Formulario 931 de AFIP,  del último con comprobante de pago.

             En el caso de poseer libro anterior en formato manual corresponde agregar:

·          Presentar libro anterior     

·          Presentar nota firmada por el titular solicitando el cambio de sistema de libro a hojas móviles, en donde conste el número de inscripción el tomo, la serie, el  número del último folio utilizado y el mes liquidado.

 

La Dirección General de protección del trabajo, rubrica por cada tres empleados 25 hojas aproximadamente. 

 

Resma de 500 hojas A4 u Oficio  Numeradas y con membrete $60.00

Gestión de Rubrica ante la Dirección Gral. de Protección del Trabajo $50.00